Document Resum Reforma Fiscal Juny 2014

Noticia sobre el document resum elaborat pel Ministeri d’Hisenda sobre la futura Reforma Fiscal.

 

Reforma Fiscal – 23 de junio de 2014

 

A continuación destacamos los principales aspectos del documento-resumen elaborado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con fecha 23 de junio de 2014.

 

En la web del Ministerio de Hacienda (www.meh.es), en el apartado de normativa – normas en tramitación – están disponibles los anteproyectos de ley que desarrollan estas y otras medidas, en fase de información pública hasta principios de julio.

 

 

CALENDARIO DE LA REFORMA FISCAL (pág.7 del documento)

 

  Aprobación Entrada en vigor
I.R.P.F.:

Tarifa provisional

Tarifa definitiva

 

2014

2014

 

2015

2016

Impuesto sobre Sociedades:

Tipo provisional

Tipo definitivo

 

2014

2014

 

2015

2016

IVA/IRNR 2014 2015
LGT 2014 2015

 

 

REFORMA FISCAL: PROCEDIMIENTO (pág.8 del documento)

 

  • 20 de junio:
  • Presentación en Consejo de Ministros
  • Remisión a las CC.AA.
  • Remisión organizaciones sindicales y empresariales
  • Publicación en la web durante 2 semanas para información pública
  • Informes preceptivos:
    • Consejo de Estado
    • Consejo General del Poder Judicial
    • Agencia de Protección de Datos
  • 26 de junio:
  • Análisis con CC.AA. en Consejo de Política Fiscal y Financiera
  • Mes de julio:
  • Aprobación del proyecto de ley y remisión a las Cortes  IRPF
  • IRPF: Impulsar crecimiento Económico (pág.10-11 del documento)
  • Como consecuencia de la bajada de retenciones en el IRPF, 20 millones de contribuyentes en 2015 contarán cada mes con más renta disponible
  • La rebaja fiscal global dará lugar a un aumento del PIB del 0,55% en 2015-2016  Tarifa general(pág.12 del documento)
Base imponible Tipo 2011 Gravamen complem. Tipo

2012-14

Hasta 17.700 24% 0,75% 24,75%
17.700 33.000 28% 2% 30%
33.000 53.400 37% 3% 40%
53.400 120.000 43% 4% 47%
120.000 175.000 44% 5% 49%
175.000 300.000 45% 6% 51%
300.000 En adelante 45% 7% 52%

 

Tarifa general 2015

Base imponible Tipo (%)
Hasta 12.450 20%
12.450 20.200 25%
20.200 34.000 31%
34.000 60.000 39%
60.000 En adelante 47%

 

Tarifa general 2016

Base imponible Tipo (%)
Hasta 12.450 19%
12.450 20.200 24%
20.200 35.200 30%
35.200 60.000 37%
60.000 En adelante 45%

 

Tarifa rendimientos del ahorro (pág.13 del documento)

 

Base imponible Tipo 2011 Gravamen complem. Tipo 2012-14
Hasta 6.000 19% 2% 21%
6.000 24.000 21% 4% 25%
24.00 En adelante 21% 6% 27%

 

Base imponible Tipo
  2015 2016
Hasta 6.000 20% 19%
6.000 – 50.000 22% 21%
50.000 – En adelante 24% 23%

 

 

IRPF: Rebaja generalizada IRPF, especialmente rentas medias y bajas (pág.14)

 

  • Se fija una tarifa definitiva a partir de 2016 entre el 19% y el 45%
  • La rebaja media final de la reforma será del 12,5%

 

  • El mínimo personal aumenta 400 euros por contribuyente
  • 1.600.000 contribuyentes dejan de tributar por IRPF. De ellos, a 750.000 con ingresos inferiores a 12.000€ ni siquiera se les practicará retención
  • La reforma fiscal definitiva reduce la tributación de los asalariados con rentas inferiores a 50.000 euros respecto a 2011
Rendimientos íntegros trabajo Tipo medio 2011 sobre rendimiento neto Tipo medio 2016 sobre rendimiento neto Porcentaje diferencia

2016-2014

Porcentaje diferencia

2016-2011

12.000 2,27% 0,00% -100,00% -100,00%
15.000 10,24% 8,16% -22,82% -20,31%
20.000 14% 12,48% -13,54% -10,84%
30.000 18,44% 17,58% -9,01% -4,63%
40.000 21,26% 20,73% -7,73% -2,47%
50.000 24,52% 24,11% -7,66% -1,70%
100.000 33,48% 33,64% -7,12% 0,47%
150.000 36,88% 37,49% -6,76% 1,67%

 

 

IRPF: Aumentar la equidad(pág.15 del documento)

 

  • Fuerte aumento de los mínimos familiares, de hasta el 32%

 

  •  
  IRPF’14 IRPF’15 Δ
  Importes Absoluto %
Descendientes 1º: 1.836

2º: 2.040

3º: 3.672

4º: 4.182

2.400

2.700

4.000

4.500

564

660

328

318

30,72%

32,35%

8,93%

7,60%

Menores de 3 años 2.244 2.800 556 24,77%
Ascencientes/Edad > 65

                                 > 75

918

2.040

1.150

2.550

232

510

25,27%

25%

Discapacidad > 33%‹65%

                       <65%+mov reducida

                       > 65%

2.316

4.632

9.354

3.000

6.000

12.000

684

1.368

2.646

29,53%

29,53%

28,29%

 

IRPF: Aumentar la equidad (pág.16 del documento)

 

  • Nuevos beneficios sociales para la familia y las personas con discapacidad Se mantiene la ayuda para las madres trabajadoras, y se crean nuevas figuras de protección social:

 

  1. Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%
  2. Familia con ascendientes dependientes con discapacidad ›33%
  3. Familia numerosa:
  • Con 3 o más hijos
  • Con 2 hijos, y uno de ellos con discapacidad ›33%
  1. Familia numerosa de categoría especial:
  • Con 5 o más hijos
  • Con 4 hijos, y al menos tres por parto o adopción múltiple
  • Con 4 hijos, e ingresos anuales no superiores al 75 % del IPREM Importe: 1.200 € / anuales, acumulables para cada una de las situaciones familiares hasta un total de 4.800 euros. Compatible con ayuda para madre trabajadora.IRPF: Aumentar la equidad
  •  
  •  
  •  
  • Limitación exención indemnización despido:(pág.17 del documento)

 

  • Se introduce equidad en el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por despido
  • Se establece un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado
  • Se beneficia en mayor medida a los trabajadores con sueldos medios y bajos
SUELDO ANUAL INDEMNIZACIÓN % INDEMNIZACIÓN

EXENTA 2014

% INDEMNIZACIÓN

EXENTA 2015

12.000 1.100 100% 100%
15.000 1.375 100% 100%
20.000 1.833 100% 100%
30.000 2.750 100% 72,72%
40.000 3.666 100% 54,55%
50.000 4.583 100% 43,64%
100.000 9.166 100% 21,82%
150.000 13.750 100% 14,54%

 

 

IRPF: Aumentar la equidad (pág.18 del documento)

 

  • Exención de la ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual. También se regula la exención de la plusvalía municipal (IIVTNU)

 

  • Los rendimientos de capital negativos derivados de participaciones preferentes se podrán compensar con las ganancias patrimoniales derivadas de las acciones que fueron objeto de canje IRPF: Fomento del ahorro a largo (pág.19 del documento)

 

  • Nuevo vehículo de inversión “Ahorro 5”

 

  •  
  • Se crean los Planes de Ahorro a Largo Plazo como una alternativa a otros vehículos de ahorro fiscalmente beneficiados
  • Posibilidad de adoptar forma de cuenta bancaria o seguro
  • Exención rendimientos de capital
  • Mantenimiento mínimo por 5 años
  • Planes de pensiones:
  • Una única aportación máxima de 8.000 €/año IRPF: Autónomos (pág.20 del documento)
  •  
  • Se reduce del 21% al 15% el tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 12.000€ siempre que más del 75% de sus rentas procedan de actividades económicas
  • Se mantiene el tipo reducido del 15% para las empresas de nueva creación, incluido en la Ley de Emprendedores. El tipo se aplica sobre los primeros 300.000 euros de base imponible, y será del 20% para el exceso de dicho importe durante dos años (el primer ejercicio con base imponible positiva y el siguiente).

 

  • Limitación de la aplicación de módulos: (pág.21 del documento)
  •  
  • Se reduce el umbral de exclusión de 450.000 a 150.000 euros de ingresos y de 300.000 a 150.000 euros de gastos.
  • Se excluyen las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas.
  • Quedan excluidas las actividades a las que se aplica el tipo de retención del 1%: Actividades de fabricación (con pequeñas excepciones) y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura).
  • Permanecerán en módulos las siguientes actividades: fabricación de pan y bollería, pastelería y masas fritas; impresión de textos, comercio al por menor, cafeterías, restaurantes, quioscos, hoteles de dos estrellas o inferior categoría, talleres de reparación, transporte de viajeros por carretera, taxistas, mensajeros, escuelas y autoescuelas, tintorerías y peluquerías;
  • Permanecen Agricultura y Ganadería con peculiaridades propias: umbral exclusión 200.000-150.000 y no afectadas 50% facturación). Pueden consultar ejemplos de IRPF en pág.22 a 30 del documento-resumen  
  • IRNR(pág.31-32 del documento)
  • Bajada de los tipos de gravamen en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes

 

  • De esta manera se adecua la tributación del Impuesto a la bajada de la escala general y tarifa del ahorro del IRPF.
  • Se realiza en dos etapas
  • Se favorece la atracción de personas físicas residentes en otros países
  2014 2015 2016
Tipo general 24,75% 24% 24%
Tipo para rentas de UE y EEE 24,75% 20% 19%
Tipo dividendos intereses y ganancias 21% 20% 19%

 

  • Publicación anual de paraísos fiscales   
  • IS: Mejora de la competitividad de la empresa española (pág.33-34 del documento)
  • IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
  • Se reduce tipo de gravamen:
  • En 2015 el tipo provisional de gravamen será el 28%.
  • Con carácter definitivo el tipo se sitúa en el 25%.
  • Se mantiene el 30% de gravamen para las entidades de crédito.
  •  
  • Se aumenta la base imponible del Impuesto para acercar tipo efectivo a tipo nominal.
  • Amortizaciones
  • Deterioros
  • Se mantiene la limitación gastos financieros
  •  
  • Con objeto de mantener la recaudación en 2015, se prorrogan para ese ejercicio las medidas temporales actualmente en vigor:
  • Pagos fraccionados incrementados
  • Limitación compensación bases imponibles negativas
  • Limitación fondo de comercio
  • Incremento pago fraccionado con dividendos fuente extranjera. IS: Favorecimiento del desapalancamiento financiero y saneamiento de balances
  • (pág.35 del documento)
  • Reserva de capitalización
  • Sustitución deducciones por reinversión por reserva capitalización del 10% de los beneficios del ejercicio.
  • No necesario invertir en activos empresariales.
  • Se establece límite general 60% compensación de BINs (desde 2016).
  • No se establecerá limitación temporal alguna (18 años hasta ahora)
  • Se sanean los balances de las empresas españolas
  • Medida equiparable a la fiscalidad de nuestro entorno
  • Límite aplicable a partir del millón de euros (para no afectar a PYMEs) IS: PYMES (pág.36 del documento)
  • Se mantiene el régimen fiscal de empresas de reducida dimensión
  • Se crea reserva de nivelación para Pymes:
  • Reserva indisponible para compensar futuras bases imponibles negativas en un plazo de 5 años.
  • 10% beneficio del ejercicio con límite 1 millón de euros.
  • El tipo de gravamen se sitúa en el 22,5% al aplicar la reserva de nivelación.
  • Se reduce tipo de gravamen:
  • Con carácter definitivo el tipo se sitúa en 2016 en el 25%.
  • En caso de aplicar la reserva de capitalización y de nivelación, el tipo se puede situar en el 20,25%. IS: Simplificación y adecuación al tratamiento fiscal internacional de la imposición de las personas jurídicas(pág.37 del documento)
  •  
  • Se equipara el tratamiento fiscal de participaciones de entidades residentes y no residentes.
  • Exención 100% dividendos participaciones superiores 5%
  • Exención 100% plusvalías de participaciones superiores 5%
  • Modificación y actualización tablas de amortización.
  • Extensión no deducibilidad de los deterioros de la cartera variable a la cartera fija y al activo fijo.
  • La deducibilidad de la perdida se produce en todos los casos cuando es definitiva al dar de baja el activo.
  • Se mantiene deducibilidad de los deterioros de créditos y existencias IS: Lucha contra el fraude y mayor seguridad jurídica (pág.38 del documento)
  •  
  • Se evita deducibilidad gastos fiscales cuando difiere la calificación fiscal en otros países (BEPS – OCDE).
  • No podrá deducirse los rendimientos de instrumentos financieros cuando el destinatario en otro país no tribute por ellos (híbridos).
  •  
  • Limitación de la deducibilidad de los gastos por atenciones con clientes.
  • Máximo 1% de la cifra de negocios de la entidad.
  •  
  • Racionalidad en las normas aplicables a las operaciones vinculadas
  • Existirá influencia significativa cuando la participación sea superior al 20%.
  • Simplificación de las obligaciones de documentación
  • Se podrán concentrar los esfuerzos de comprobación     
  • ADAPTACIÓN AL ORDENAMIENTO COMUNITARIO
  • IVA: Adecuación al tratamiento fiscal internacional de la imposición del consumo
  • IVA(pág.39-40 del documento)
  • Tipo de gravamen de los productos sanitarios
  • Se mantienen a tipo reducido los productos que estén diseñados para personas que tengan deficiencias físicas, mentales, sensoriales o intelectuales, tales como las gafas graduadas, prótesis, sillas de ruedas o muletas.
  • Se mantienen a tipo reducido los productos sanitarios como las gasas, vendas, botiquines para primeros auxilios o parches oculares.
  • Suben al 21%: Productos intermedios elaboración medicamentos, equipos médicos, aparatos, instrumental sanitario y productos farmacéuticos.
  • Nuevas reglas de localización:
  • Tributación en destino de los servicios electrónicos, de telecomunicaciones y de radiotelevisión cuando el destinatario es un particular.
  • Los libros electrónicos tributarán en el país en donde se realice la descarga  
  • Incentivo actividades industriales e inversiones en I+D y culturales
  • INCENTIVOS FISCALES(pág.41 a 43 del documento)
  • Ampliación de la exención parcial (85%) del Impuesto Electricidad
  • 23/06/2014Para mejorar la competitividad internacional de los procesos productivos intensivos en electricidad se estableció exención parcial Impuesto Electricidad en los procesos metalúrgicos, mineralógicos y electrolíticos,.
  • Se amplía exención a todos los procesos productivos en los que el coste de la electricidad supere el 50% del coste de producción: beneficia producción gases industriales. 
  •  
  • Incentivos a las actividades I+D.
  • Las empresas cuyas inversiones en I+D superen un 10% sus ingresos netos contables ampliarán el porcentaje de deducción al 50%.
  •  
  • Incentivos a las actividades culturales
  • Producciones cinematográficas españolas.
  • Tipo único aplicable a productor y coproductor financiero.
  • 20% respecto del primer millón, 18% respecto del exceso, con el límite de 3 millones.
  • Producciones cinematográficas extranjeras.
  • 15% de los gastos realizados en territorio español, con límite de 2,5 millones €.
  • Gastos realizados en España deberán ser al menos 1millón €.
  • Se podrá obtener la devolución anticipada.
  • Impulso a las actividades de mecenazgo
  • Se incrementa con carácter general la deducción por donativos en el IRPF en 5 puntos.
  •  
  • Para incentivar la estabilidad en la aportación de estos recursos el anterior porcentaje se aumenta adicionalmente en otros 5 puntos porcentuales.
  • Será necesario mantener la aportación durante tres años
  • Aplicable también a personas jurídicas
  •  
  • Para ampliar la participación social en estas actividades se establece un tipo del 75% de deducción a los donativos inferiores a 150 euros.
  • El donativo que exceda de esta cantidad se beneficiará de los otros tipos incrementadosLEY GENERAL TRIBUTARIALucha contra el fraude (pág.44-45 del documento)
  • Publicación listas de morosos.
  • Publicación anual de paraísos fiscales
  • Procedimiento Inspector: Nuevos plazos y suspensión en casos tasados.
  • Liquidación Administrativa en los casos de indicio de delito fiscal.
  • Se amplían los supuestos de liquidación tributaria a los delitos de contrabando.
  • Mayor concreción régimen estimación indirecta.
  • Imprescriptibilidad del derecho de la Administración a comprobar créditos fiscales de ejercicios prescritos.
  • Interrupción del plazo de prescripción de obligaciones tributarias conexas.

NOTA: EN LOS ANTEPROYECTOS PODRÁN AMPLIAR O CONSULTAR OTRAS MEDIDAS PREVISTAS

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